Calculadora de Gratificación Legal Chile 2026

Calculadora de Gratificación Legal en Chile

La gratificación legal no la reciben todos los trabajadores, y cuando corresponde, el empleador puede elegir entre dos formas de pagarla que dan resultados muy distintos. Entender cuál te están aplicando es la diferencia entre revisar tu liquidación con criterio o mirarla sin saber qué buscar.

Esta calculadora estima el monto según ambas modalidades. Abajo están los requisitos, las dos fórmulas y el tope que aplica solo a una de ellas.

¿Cuándo corresponde gratificación?

Deben cumplirse cuatro condiciones a la vez. Si falta una, no hay obligación de gratificar:

  1. Que sea un establecimiento minero, industrial, comercial, agrícola o similar con fines de lucro (las cooperativas quedan fuera de este requisito).
  2. Que lleve contabilidad.
  3. Que obtenga utilidades líquidas en el ejercicio.
  4. Que persiga fines de lucro.

El tercer punto es el decisivo: si la empresa no tuvo utilidades, no hay gratificación legal. Por eso una empresa puede pagarla un año y no el siguiente sin estar incumpliendo nada.

Aplica a contratos de más de 30 días, o de 60 con prórrogas. Y un detalle importante: las licencias médicas no hacen perder el derecho.

Las dos modalidades

El empleador elige, y puede elegir distinto cada año e incluso aplicar modalidades distintas a distintos trabajadores, siempre que no baje del mínimo legal.

Artículo 47: el 30% de las utilidades

Consiste en repartir al menos el 30% de las utilidades líquidas del ejercicio entre los trabajadores, en proporción a lo devengado por cada uno durante el año.

No tiene tope. En una empresa con utilidades altas y pocos trabajadores, esta modalidad puede significar bastante más que la otra. Por lo mismo, es la que menos se usa.

Artículo 50: el 25% con tope

Consiste en pagar el 25% de lo devengado por el trabajador en el ejercicio por concepto de remuneraciones mensuales, con un tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales al año.

Gratificación = 25% de las remuneraciones del año, con tope de 4,75 IMM

Es la modalidad más usada, porque le da al empleador un costo previsible y acotado. En la práctica se suele pagar prorrateada mes a mes, como un ítem más de la liquidación.

El tope, en números

El tope se calcula con el ingreso mínimo vigente al 31 de diciembre del año respectivo. Con el ingreso mínimo actual de $553.553, el tope anual bordea los $2.629.000, es decir alrededor de $219.000 mensuales si se paga prorrateado.

De ahí viene un efecto que confunde a mucha gente: a partir de cierto sueldo, la gratificación deja de subir. Alguien que gana $1.500.000 y alguien que gana $4.000.000 reciben la misma gratificación bajo el artículo 50, porque ambos superan el tope.

La gratificación es imponible

A diferencia de la colación o la movilización, la gratificación sí es remuneración: paga cotizaciones de AFP, salud y seguro de cesantía, y entra en la base del impuesto único.

En cambio queda fuera de la base de cálculo del subsidio por licencia médica, y fuera de la base de la indemnización por años de servicio cuando es de pago anual. Si se paga mes a mes, sí entra en la base de la indemnización.

Gratificación legal y bono de fin de año no son lo mismo

Se confunden seguido. La gratificación legal es una obligación del Código del Trabajo cuando se cumplen los cuatro requisitos. Un aguinaldo o bono de fiestas patrias o Navidad es un beneficio voluntario del empleador, o pactado en el contrato o en un instrumento colectivo, y se rige por lo que ese acuerdo diga.

Cómo usar nuestra calculadora de gratificación

Paso 1: ingresa tu remuneración mensual

El sueldo imponible sobre el que se calcula el 25%.

Paso 2: revisa el resultado con y sin tope

Vas a ver el 25% teórico y el monto efectivo una vez aplicado el tope de 4,75 ingresos mínimos.

Paso 3: compara con tu liquidación

Si te la pagan prorrateada, divide el anual entre 12 y compáralo con el ítem de tu liquidación.

Preguntas frecuentes sobre la gratificación

¿Todas las empresas deben pagar gratificación?

No. Solo las que persiguen fines de lucro, llevan contabilidad y obtuvieron utilidades líquidas en el ejercicio.

¿Cuál es el tope de la gratificación?

4,75 ingresos mínimos mensuales al año, y solo aplica a la modalidad del artículo 50. La del artículo 47 no tiene tope.

¿Por qué mi gratificación no sube aunque me subieron el sueldo?

Porque llegaste al tope de 4,75 ingresos mínimos. Desde ahí, el monto se mantiene sin importar cuánto ganes.

¿La gratificación paga imposiciones?

Sí, es remuneración imponible y tributable.

¿Si estuve con licencia médica pierdo la gratificación?

No. Las licencias médicas no hacen perder el derecho.

¿Puede la empresa cambiar de modalidad?

Sí, puede elegir cada año, e incluso aplicar modalidades distintas a distintos trabajadores, siempre que no pague menos del mínimo legal.

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